A partir del día 25 de octubre de 2022 entra en vigor la anterior disposición transitoria, de forma que, a partir de esta fecha, los contadores que se comercialicen y pongan en servicio deben ser aquellos evaluados conforme la ICT/155/2020.
A partir del día 25 de octubre de 2022 entra en vigor la anterior disposición transitoria, de forma que, a partir de esta fecha, los contadores que se comercialicen y pongan en servicio deben ser aquellos evaluados conforme la ICT/155/2020.